Según lo definido por nosotros Código Título 18, sección 2340, es cualquier acto cometido por una persona que actúe bajo ley específicamente destinado a infligir dolor físico o mental o sufrimiento (aparte de dolor o sufrimiento sanciones incidentales a legal) a otra persona dentro de su custodia o control físico. "Dolor mental o sufrimiento" significa el daño mental prolongado causado por o que resulten de: (a) la imposición intencional o amenazada infligir dolor físico o sufrimiento; (b) la administración o aplicación, o amenazada administración o aplicación de sustancias psicoactivas u otros procedimientos calcula que alteran profundamente los sentidos o personalidad; (c) la amenaza de muerte inminente; o (d) la amenaza que otra persona inminentemente se someterán a la muerte, el dolor físico severo o sufrimiento, o la administración o aplicación de sustancias psicoactivas u otros procedimientos calcula que alteran profundamente los sentidos o personalidad.
작성자
- Laura Serván
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(Madrid, Spain)